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4 de mayo de 2023
 
Patente europea con efecto unitario:
Un nuevo escenario de protección en Europa Occidental
 
 
 
 
En esta oportunidad nos dirigimos a Uds. para informarles que, luego de extensos debates, finalmente entrará en vigor la “UNITARY PATENT” o Patente Europea con Efecto Unitario.
 
Es importante señalar que ya existía la posibilidad de realizar una presentación conjunta para Europa continental ante la Oficina Europea de Patentes (EPO), la cual permitía que la solicitud fuera examinada en forma central y, una vez concedida la solicitud, la misma se validase en todos los países donde se deseaba obtener protección, implicando esto costos de traducción, tasas oficiales, honorarios de profesionales especializados, etc. en cada jurisdicción.

En este sentido, el procedimiento de patentamiento no ha cambiado respecto del Convenio de Patente Europea. Es decir, el trámite de presentación y tramitación de una solicitud de patente ante la EPO continua sin cambios.
 
 
 
 
 
 
No obstante, la NOVEDAD de esta Patente Europea con Efecto Unitario - de ahora en adelante “patente unitaria”- reside en que, a partir de su implementación, una vez que una solicitud de patente haya sido concedida, podrá realizarse una sola validación ante la EPO que otorgará protección en 17 países, con posibilidad de extenderse a 44. Actualmente entre los países miembros del PEEU se encuentran: Alemania, Italia, Austria, Letonia, Bélgica, Lituania, Bulgaria, Luxemburgo, Dinamarca, Malta, Eslovenia, Países Bajos, Estonia, Portugal, Finlandia, Suecia y Francia.
 
 
Otro importante efecto de la patente unitaria es que la autoridad que determinará la validez de la misma y emitirá dictámenes para los casos de infracción será el Tribunal Unificado/Unitario de Patentes europeo (TUP). Esto puede constituir tanto una ventaja como una desventaja, puesto que permite atacar más fácilmente una patente e invalidarla simultáneamente en varias jurisdicciones, por lo que deberá evaluarse la conveniencia de adherir al sistema en cada caso particular.
 
A modo de síntesis, algunas de las ventajas de esta novedad implementada son las siguientes:

No sólo reducción de costos en los procedimientos de validación- la tasa de validación será el equivalente a la actual tasa de cuatro países- sino una significativa simplificación del procedimiento, puesto que se deberá realizar un solo pago de tasa de mantenimiento – anualidad – ante la EPO.
 
 
Posibilidad de obtener una sentencia judicial válida para todos los Estados miembros participantes de la PEEU mediante una única acción judicial ante el Tribunal Unitario de Patentes (TUP)
 
 
Posibilidad de atacar una patente a través de una única acción ante el Tribunal Unitario, que tendrá efectos en todos los países adheridos a la patente unitaria.
 
En contrapartida, algunas desventajas son:

La adhesión a la Patente Unitaria no puede transferirse para una parte de los Estados miembros participantes en la PEEU. Debe transferirse para todos ellos (en bloque).
 
 
Las anualidades deben pagarse en bloque. No puede elegirse una si y otra no.
 
 
Las tasas judiciales del TUP serán considerablemente más elevadas que las de los tribunales nacionales.
 
 
La complejidad de litigar ante el TUP y los cortos plazos previstos para las partes durante el procedimiento por el Reglamento de Procedimiento del TUP, harán que los costes judiciales de los litigios ante el TUP sean sustancialmente superiores a los de los procedimientos nacionales.
 
 
Si se produce una nulidad, la patente unitaria quedaría invalidada para todos los estados participantes de la patente unitaria. Por tanto, como con una sola demanda se podrá anular la PEEU en 17 países a la vez, es previsible que las patentes unitarias estén más expuestas a acciones de nulidad que las patentes europeas validadas individualmente.
 
Considerando estas importantes consecuencias para los titulares de patentes, se ha previsto un período de transición denominado periodo “SUNRISE”, el cual otorga un plazo de tres meses, a contar desde el 1 de Marzo 2023, para solicitar la exclusión voluntaria “OPT-OUT” del sistema a aquellas patentes concedidas o en trámite ante la EPO que no deseen estar sujetas a la jurisdicción del tribunal europeo.
 
 
Esta decisión puede ser tomada por cualquier titular de derechos o solicitante de una patente que no cuente con una acción de un tercero en su contra. Una vez presentada esta exclusión voluntaria, es posible adherirse nuevamente a la patente unitaria, pero esa decisión será irrevocable.
 
 
 
 
 
 
 
Finalmente, teniendo encuenta las ventajas y desventajas, así como las posibles alternativas a la adhesión de la patente unitaria, consideramos muy importante ponderar todas la variables para cada solicitante en su caso particular, y así adoptar la estrategia que mejor se ajuste a sus necesidades.
 
 
Por consiguiente, quedamos a disposición para brindarles más información y asesorarlos sobre este tema o cualquier aspecto de propiedad intelectual.

Sin más, los saludamos cordialmente.
 
 
 
 
 
 
Livia Carbonelli
Agente de la Propiedad Industrial
Departamento de Patentes
Palacio & Asociados
 
 
 
 
Lucio Adansa
Abogado - Agente de la Propiedad Industrial
Departamento de Patentes
Palacio & Asociados
 
 
 
 
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